En Estepona, los accidentes de tráfico que requieren intervención judicial suelen tramitarse en los juzgados situados en la Avenida Juan Carlos I, s/n (29680) y en la Avenida Puerta del Mar, 45, según el directorio oficial del Consejo General del Poder Judicial. Estos juzgados son la referencia obligada para cualquier reclamación judicial derivada de siniestros ocurridos en la localidad, y en ellos se han tramitado numerosos procedimientos civiles y penales relacionados con colisiones y lesiones.
¿Cuánto se puede reclamar? Ejemplos reales según el baremo 2024
La cuantía de la indemnización por accidente de tráfico en Estepona se calcula conforme al Baremo de Tráfico 2024. Este sistema contempla indemnizaciones específicas en función de las lesiones, días de baja y secuelas:
- Por ejemplo, una cervicalgia (latigazo cervical) que conlleve 45 días de perjuicio personal básico se indemniza con aproximadamente 1.305 € (29 €/día), a lo que se pueden sumar días de perjuicio moderado (56,12 €/día) si hay baja laboral.
- En caso de una fractura de radio con 60 días de recuperación (30 de ellos impedido para realizar actividades habituales), la indemnización podría situarse entre 2.580 y 3.367 €, según la gravedad y las secuelas.
- Si se produce una incapacidad temporal absoluta durante 90 días tras un traumatismo, la indemnización puede superar los 5.000 €, dependiendo de la combinación de días básicos, moderados y graves.
Además, el baremo 2024 contempla cantidades adicionales por secuelas físicas o psíquicas, así como por daños morales y gastos médicos justificados.
¿Cómo funciona el proceso de reclamación en Estepona?
El primer paso tras un accidente en Estepona es comunicar el siniestro a la aseguradora, que dispone de tres meses para emitir una oferta motivada de indemnización. Si la oferta no satisface al perjudicado o no la hay, se puede iniciar la vía judicial.
En Estepona, la demanda civil debe presentarse en los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción situados en Avda. Juan Carlos I, s/n o Avda. Puerta del Mar, 45, según reparto interno. El plazo para reclamar es de un año desde la estabilización de las lesiones, no desde la fecha del accidente. Si existen indicios de delito (por ejemplo, alcoholemia o lesiones graves), se puede iniciar la vía penal, también en estos juzgados.
La diferencia esencial entre la vía civil y la penal radica en la naturaleza de los hechos: la civil se centra en la indemnización, mientras que la penal puede llevar aparejada responsabilidad criminal y suele utilizarse si hay lesiones relevantes o conductas especialmente graves.
¿Qué te ofrece este despacho en Estepona?
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