En el centro de Madrid, la Calle Gran Vía es uno de los puntos donde, según datos municipales, se ubican los Juzgados de Primera Instancia encargados de tramitar muchas de las reclamaciones civiles derivadas de accidentes de tráfico (Calle Gran Vía, 12, plantas 2 y 3, 28013 Madrid). Este enclave, por su alta densidad de tráfico y la confluencia de peatones y vehículos, ha sido escenario de siniestros que han llegado a judicializarse, especialmente aquellos en los que intervienen vehículos de movilidad personal y turismos.
Indemnizaciones por accidente en Madrid según el baremo 2024: cifras concretas
El baremo de tráfico 2024 establece cuantías específicas para cada tipo de lesión y perjuicio sufrido tras un accidente. Por ejemplo:
- Cervicalgia postraumática (latigazo cervical): si origina 45 días de baja, puede suponer una indemnización de entre 3.200 y 4.500 euros, dependiendo de si existen secuelas y del tipo de perjuicio personal básico o particular reconocido.
- Fractura de húmero: en caso de precisar ingreso hospitalario (10 días) y 60 días de baja laboral, la cuantía puede superar los 8.000 euros, incrementándose si persisten secuelas funcionales.
- Atropello con lesiones graves: si se produce una incapacidad temporal de 120 días y secuelas valoradas en 10 puntos, la indemnización puede alcanzar los 18.000-20.000 euros, sumando los conceptos de días de perjuicio y secuelas según el baremo.
El cálculo de la indemnización depende de la valoración médica y de la documentación aportada. La intervención de peritos médicos independientes es fundamental para acreditar la gravedad de las lesiones y su evolución.
Procedimiento legal tras un accidente en Madrid: pasos concretos
En Madrid, la reclamación de daños personales y materiales tras un accidente de tráfico se presenta habitualmente ante los Juzgados de Primera Instancia (Gran Vía, 12 o Poeta Joan Maragall, 66), salvo que existan indicios de delito, en cuyo caso la vía penal corresponderá a los Juzgados de Instrucción.
- Plazo de reclamación: 1 año desde la estabilización de las lesiones para interponer la demanda civil.
- Oferta motivada: La aseguradora dispone de 3 meses desde la reclamación extrajudicial para presentar una oferta motivada. Si no es satisfactoria o no se ofrece, se puede acudir a la vía judicial.
- Diferencia entre vía civil y penal: En la vía penal, el procedimiento se inicia en los Juzgados de Instrucción (Pza. de Castilla o Gran Vía, según reparto), pero si no hay delito, la reclamación debe tramitarse por la vía civil ante los Juzgados de Primera Instancia.
En Madrid, la presentación de escritos puede hacerse presencialmente en el juzgado competente o a través de la Sede Judicial Electrónica de la Comunidad de Madrid (sedejudicial.madrid.org), especialmente si se cuenta con representación procesal.
Por qué elegir nuestro despacho en Madrid
Ofrecemos atención presencial en Madrid y online, para adaptarnos a las necesidades de cada cliente. Colaboramos con peritos médicos independientes que valoran de forma objetiva las lesiones sufridas, lo que resulta esencial para fundamentar la reclamación. Nuestra experiencia en negociación con aseguradoras y en la tramitación de procedimientos ante los Juzgados de Madrid nos permite defender los derechos de nuestros clientes con rigor y conocimiento del entorno local. Actuamos en toda España, pero conocemos en profundidad la práctica de los órganos judiciales madrileños. La primera consulta es sin compromiso.

