En Vitoria-Gasteiz, los accidentes de tráfico que requieren intervención judicial suelen gestionarse en los juzgados ubicados en la Avenida Gasteiz, 18 (CP 01008), donde se concentran tanto la Sección Civil del Tribunal de Instancia como los Juzgados de Primera Instancia y de Instrucción. Esta centralización facilita el acceso a la justicia para las víctimas de accidentes en la ciudad.
Indemnizaciones según el baremo de tráfico 2024: ejemplos concretos
El baremo de tráfico 2024 establece indemnizaciones específicas en función de la gravedad de las lesiones y los días de recuperación. Por ejemplo:
- Una cervicalgia (latigazo cervical) con 45 días de baja médica puede suponer una indemnización aproximada de 3.200 a 4.500 €, según la afectación y la pérdida de calidad de vida.
- Por fractura de húmero con 60 días de curación y secuelas leves, la horquilla indemnizatoria se sitúa entre 6.000 y 8.000 €.
- En caso de incapacidad temporal con hospitalización (por ejemplo, 10 días hospitalizado y 30 días de baja), la indemnización puede superar los 7.000 €, sumando los conceptos de días de perjuicio básico y moderado.
Estas cifras pueden variar dependiendo de la existencia de secuelas y de la valoración médica, que siempre debe realizarse conforme a los criterios del baremo vigente.
Tramitación de reclamaciones por accidente de tráfico en Vitoria-Gasteiz
La reclamación por daños personales o materiales tras un accidente en Vitoria-Gasteiz comienza, generalmente, con la presentación de la documentación médica y el parte amistoso ante la aseguradora, que dispone de un plazo de tres meses para emitir una oferta motivada. Si la respuesta es insuficiente o no se recibe contestación, se puede acudir a la vía judicial: en Vitoria-Gasteiz, la demanda se presenta en los Juzgados de Primera Instancia situados en Avda. Gasteiz, 18 (01008), o, en caso de posible delito, en los Juzgados de Instrucción de la misma sede. El plazo para reclamar es de un año desde la estabilización de las lesiones (curación o alta médica).
La diferencia entre la vía civil y penal radica en la existencia o no de infracción penal: lesiones graves o conducción temeraria pueden abrir la vía penal, mientras que los daños materiales o lesiones leves suelen resolverse en la jurisdicción civil.
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