Responsabilidad Patrimonial de la Administración en Córdoba: Guía Práctica
En Córdoba, los ciudadanos pueden exigir una indemnización a la Administración cuando sufren daños y perjuicios derivados del funcionamiento de servicios públicos, como el mal estado de aceras, baches en la calzada o deficiencias en servicios municipales. El Ayuntamiento de Córdoba, accesible a través de su sede electrónica (cordoba.es/sede), es el órgano competente en reclamaciones relacionadas con la vía pública, instalaciones municipales, servicios de limpieza o transporte urbano.
Juzgados Contencioso-Administrativos y TSJ Andalucía: Competencia Territorial
Las reclamaciones de responsabilidad patrimonial que no se resuelvan en vía administrativa pueden acabar ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, situados en la Ciudad de la Justicia (C/ Isla Mallorca, s/n, 14011 Córdoba). Si la cuantía o la materia lo requieren, el recurso puede elevarse ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla.
Casos Típicos en Córdoba: Daños por Mal Estado de la Vía Pública y Servicios Públicos
En la práctica local, los supuestos más habituales incluyen lesiones por caídas en aceras con baldosas sueltas o rotas, accidentes provocados por baches en la calzada, daños materiales o personales en instalaciones deportivas municipales, errores en procedimientos administrativos como multas o sanciones injustificadas, y deficiencias en servicios públicos esenciales (limpieza, recogida de residuos, transporte urbano).
Valor Jurídico: Requisitos Legales de la Responsabilidad Patrimonial
La responsabilidad patrimonial de la Administración está regulada en los artículos 32 y siguientes de la Ley 40/2015 y en el artículo 67.1 de la Ley 39/2015. Es imprescindible que concurran los siguientes requisitos:
- Daño efectivo, evaluable económicamente e individualizado: El perjuicio debe ser real y cuantificable.
- Relación de causalidad: El daño debe ser consecuencia directa del funcionamiento normal o anormal de un servicio público.
- Funcionamiento normal o anormal del servicio público: No es necesario que haya culpa de la Administración, basta con que el daño derive de la actividad administrativa.
- Plazo de prescripción: El afectado dispone de un año desde la producción del daño o su manifestación para reclamar.
La responsabilidad de la Administración es objetiva, es decir, no depende de culpa o negligencia, salvo en supuestos muy excepcionales. Sin embargo, debe probarse el nexo causal y la realidad del perjuicio.
Cuantías Orientativas en Córdoba
Según la jurisprudencia y la práctica administrativa, las indemnizaciones por caídas en la vía pública en Córdoba pueden oscilar entre 3.000€ y 30.000€, dependiendo de la gravedad de las lesiones. Los daños por errores administrativos (por ejemplo, sanciones injustas o retrasos indebidos) pueden situarse entre 5.000€ y 50.000€, siempre condicionados a la prueba del daño y la relación causal.
Procedimiento en Córdoba: Reclamación, Pruebas y Plazos
- Reclamación administrativa previa: Es obligatorio presentar una reclamación ante el órgano competente (por ejemplo, el Ayuntamiento de Córdoba). En la reclamación deben detallarse los hechos, los daños sufridos y la cuantía reclamada, aportando toda la documentación y pruebas (informes médicos, facturas, fotografías, testigos).
- Plazo de resolución: La Administración dispone de seis meses para resolver. Si transcurre este plazo sin respuesta, se entiende desestimada por silencio administrativo.
- Recurso contencioso-administrativo: Si la reclamación es desestimada expresa o tácitamente, el interesado puede interponer recurso ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba en el plazo de dos meses desde la notificación o silencio.
- Prueba pericial: Es habitual aportar informes de peritos médicos independientes para acreditar lesiones, secuelas o incapacidad. En casos de cuantía superior a 50.000€, puede ser preceptivo el dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía.
Por Qué Elegir Nuestro Despacho en Córdoba
Contamos con experiencia en reclamaciones de responsabilidad patrimonial contra el Ayuntamiento de Córdoba y la Junta de Andalucía, y conocemos la práctica habitual de los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad y del TSJ de Andalucía. Ofrecemos atención presencial en Córdoba y online para quienes residen en la provincia o fuera de ella. Colaboramos con peritos médicos independientes para la valoración del daño corporal. Puedes solicitar primera consulta sin compromiso para valorar la viabilidad de tu reclamación y recibir asesoramiento sobre la documentación y pruebas necesarias.

