Que te despidan durante una incapacidad temporal (IT) es una situación delicada, pero no siempre es ilegal. En España, el despido estando de baja médica no es automáticamente nulo: puede ser nulo, improcedente o procedente según el motivo real y las pruebas que existan.
A continuación te explicamos, con base legal y doctrina recientes, qué derechos tienes, quién te paga la baja tras el despido, los plazos para reclamar en Murcia y cómo podemos ayudarte desde GVC Abogados.
¿Es legal que me despidan estando de baja?
Sí, la ley permite extinguir el contrato de una persona en baja si existe una causa objetiva o disciplinaria real y ajena a su IT. Lo decisivo es el motivo del despido y si existe relación con tu enfermedad/condición de salud.
- Despido nulo: cuando el despido tiene causa discriminatoria por tu enfermedad o condición de salud (Ley 15/2022, igualdad de trato y no discriminación) o por discapacidad conforme a la doctrina del TJUE. La nulidad obliga a readmisión inmediata y al abono de salarios de tramitación.
- Despido improcedente: si la empresa no acredita causa real o incumple requisitos formales. Conlleva readmisión o indemnización (33 días/año, con límites y reglas transitorias 45/33 días según antigüedad).
- Despido procedente: si la empresa prueba una causa objetiva o disciplinaria suficiente y no relacionada con la IT.
Importante: que el despido ocurra mientras estás de baja no lo hace nulo por sí mismo. Debe acreditarse el nexo entre la baja/enfermedad y la decisión extintiva, o la existencia de discapacidad o discriminación.
Ley y jurisprudencia clave (actualizado 2024)
- Derogación del “despido por absentismo” del art. 52.d ET: desde el Real Decreto-ley 4/2020 (18/02/2020) ya no se puede despedir objetivamente por faltas de asistencia justificadas intermitentes.
- Ley 15/2022, de igualdad de trato y no discriminación: protege frente a la discriminación por razón de enfermedad o condición de salud y refuerza la inversión de la carga de la prueba cuando haya indicios.
- Doctrina TJUE (asunto C‑395/15, Daouidi): una limitación duradera puede equipararse a discapacidad, lo que prohíbe despidos por ese motivo. Los tribunales españoles vienen aplicando que no toda IT es discapacidad, pero si la limitación es prolongada y relevante, puede serlo.
- Doctrina judicial española reciente (2023–2024): la mayoría de sentencias confirman que el despido en IT no es nulo “automáticamente”; se exige acreditar indicios de discriminación o vinculación del despido a la enfermedad. Si no hay causa, suele declararse improcedente.
¿Quién paga la baja tras el despido y cuánto cobro?
- Mientras dura la IT tras la extinción del contrato, sigues cobrando la prestación de incapacidad temporal hasta el alta médica. El pago pasa a la entidad gestora: INSS o Mutua, según la contingencia.
- Si la IT es por contingencias comunes: tras el despido, la cuantía se equipara a la prestación por desempleo que te correspondería. Ese tiempo se descuenta de tu paro como consumido cuando luego lo solicites.
- Si la IT es por contingencias profesionales (accidente de trabajo o enfermedad profesional): la Mutua asume el pago directo, generalmente el 75% de la base reguladora.
- Al recibir el alta médica: si cumples requisitos, podrás solicitar la prestación por desempleo; el periodo de IT posterior al despido habrá descontado días de tu paro.
Indemnización, finiquito y otros derechos
- Finiquito: te deben abonar salarios pendientes, vacaciones no disfrutadas y partes proporcionales de pagas extra, aunque estés de baja.
- Indemnización: solo existe si el despido es objetivo (20 días/año con tope) o si se declara improcedente (33/45 días según tramos). En despido nulo hay readmisión y salarios de tramitación.
- Preaviso: en el despido objetivo son 15 días o su equivalente en salario si no se concede. En el disciplinario no hay preaviso.
Plazos y pasos para reclamar en Murcia
- Plazo clave: 20 días hábiles desde el despido para impugnar. Es un plazo de caducidad.
- Papeleta de conciliación: debes presentarla ante el Servicio/Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación (UMAC) de la Región de Murcia antes de demandar. Puede tramitarse por sede electrónica.
- Demanda ante el Juzgado de lo Social: si no hay acuerdo, se interpone demanda. En despido nulo por discriminación, se solicita readmisión y salarios de tramitación.
- Prueba: cartas de despido, partes de baja/alta, comunicaciones internas, cronología de hechos, testigos, comparativa con otros trabajadores, etc. La proximidad temporal entre la baja y el despido puede ser un indicio, pero no basta por sí sola.
Recomendaciones prácticas
- No firmes el finiquito como “recibí conforme” si no estás de acuerdo. Puedes firmar “no conforme”.
- Recopila toda la documentación médica y laboral. Guarda correos y mensajes.
- Solicita certificado de empresa y vida laboral actualizada.
- Consulta cuanto antes con un abogado laboralista para valorar nulidad o improcedencia y preparar la estrategia probatoria.
Casos especiales
- Contratos temporales: si el contrato finaliza en fraude o sin causa real, se puede impugnar como despido.
- ERES y causas objetivas colectivas: también son impugnables si encubren discriminación por salud o si incumplen requisitos legales.
- Embarazo, riesgo durante embarazo y maternidad/paternidad: existe protección reforzada y presunción de nulidad si el despido está relacionado.
GVC Abogados: defensa experta en despidos y bajas médicas en Murcia
En GVC Abogados (García Valcárcel & Cáceres), con sede en Plaza Fuensanta, 3 – 6ºB, 30008 Murcia, combinamos más de 25 años de experiencia y un enfoque riguroso para impugnar despidos en situaciones de baja médica. Analizamos si procede nulidad por discriminación (Ley 15/2022) o improcedencia, cuantificamos indemnizaciones y te acompañamos en UMAC y Juzgado de lo Social.
- Evaluación de viabilidad y estrategia probatoria desde la primera consulta.
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- Equipo multidisciplinar con juristas y, cuando es preciso, peritos médicos.
Si tu baja deriva de un accidente laboral o de una posible negligencia médica, nuestro equipo especializado en responsabilidad civil y negligencias médicas puede reclamar la indemnización que corresponda.
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Conclusión y contacto
Si te han despedido estando de baja médica, actúa rápido: el plazo para reclamar es de 20 días hábiles. Podemos ayudarte a lograr la nulidad por discriminación cuando proceda o la improcedencia con la máxima indemnización. Contacta con GVC Abogados en Murcia para una revisión inmediata de tu caso y un plan de acción sólido.