La orden de alejamiento es una medida judicial que prohíbe a una persona acercarse o comunicarse con otra, con el objetivo de proteger a la víctima frente a nuevos episodios de violencia, amenazas, coacciones o acoso. En España se regula, entre otras normas, en el Código Penal (prohibiciones del artículo 48 y reglas de imposición del artículo 57), en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (orden de protección del artículo 544 ter) y en la Ley Orgánica 1/2004 de medidas de protección integral frente a la violencia de género, así como en la Ley 27/2003 que regula la orden de protección de víctimas de violencia doméstica.
En GVC Abogados (García Valcárcel & Cáceres), despacho con sede en Murcia, asesoramos y tramitamos estas medidas con rapidez y rigor, tanto en vía penal como en las derivadas civiles (custodia, visitas, uso de la vivienda, alimentos), coordinando, cuando es necesario, peritos y profesionales de apoyo.
¿Pena o medida cautelar? Dos vías para la misma protección
Como medida cautelar en un procedimiento penal
El juzgado puede acordarla de forma urgente durante la instrucción si existen indicios de delito y riesgo para la víctima, habitualmente mediante la orden de protección del artículo 544 ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Incluye medidas penales (alejamiento y prohibición de comunicación) y puede incorporar medidas civiles provisionales en asuntos de familia (guarda y custodia, régimen de visitas, uso de la vivienda y alimentos).
Como pena en sentencia
Tras una condena, el juez puede imponer la prohibición de aproximarse y/o comunicarse del artículo 48 del Código Penal. Su duración se fija conforme al artículo 57: habitualmente entre 6 meses y 5 años para delitos menos graves, y hasta 10 años para los más graves, en función del caso y de la pena principal.
¿Qué prohíbe exactamente una orden de alejamiento?
- Acercarse a la víctima, a su domicilio, lugar de trabajo, estudio o a otros espacios que frecuente. El juzgado fija una distancia mínima (p. ej., 200, 300 o 500 metros).
- Comunicarse por cualquier medio (teléfono, mensajería, redes sociales, correo, terceras personas).
- Residir o acudir a determinados lugares o municipios.
- En su caso, control mediante medios electrónicos de seguimiento cuando lo acuerde el juzgado.
Estas prohibiciones pueden extenderse también a familiares u otras personas de especial vinculación con la víctima cuando sea necesario para su protección.
Duración y alcance
- Medida cautelar: rige mientras lo acuerde el juzgado durante la causa. Puede modificarse, prorrogarse o dejarse sin efecto si cambian las circunstancias.
- Pena en sentencia: el juez fija los años de prohibición atendiendo a la gravedad del delito y al riesgo. En delitos graves puede alcanzar hasta 10 años; en menos graves, hasta 5 años.
- Medidas civiles de la orden de protección: son provisionales y requieren su confirmación por el juzgado de familia o el competente civil en un plazo breve; inicialmente se adoptan por un periodo limitado, y deben ser ratificadas o revisadas por el órgano civil.
Cómo solicitar una orden de alejamiento u orden de protección
¿Quién puede pedirla?
- La víctima, directamente o a través de su abogado/a.
- El Ministerio Fiscal.
- Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en un atestado.
- Servicios sociales, unidades de atención a víctimas o entidades asistenciales, con autorización de la víctima o cuando la ley lo permita.
Dónde se solicita
- Juzgado de Guardia o Juzgado de Violencia sobre la Mujer (si hay violencia de género).
- Comisaría o Cuartel (se tramita con el atestado policial y se traslada al juzgado).
- Fiscalía o servicios de asistencia a la víctima.
- Con apoyo de tu despacho de abogados. En Murcia, GVC Abogados puede presentar y fundamentar la solicitud con urgencia.
Plazos y trámite
- Urgencia: el juzgado suele convocar una comparecencia en muy breve plazo para oír a las partes y resolver.
- Resolución: si hay indicios y riesgo, se dicta la orden de protección, que se notifica de inmediato y se inscribe en los registros correspondientes para su control.
- Medidas civiles: se adoptan inicialmente con carácter provisional y deben ser revisadas por el juzgado competente en materia de familia en un plazo breve.
Pruebas y documentación útil
- Partes médicos, fotografías de lesiones o daños, informes psicológicos.
- Mensajes, correos, llamadas, publicaciones en redes, testigos.
- Antecedentes de denuncias previas, incumplimientos o intervenciones policiales.
- Documentación familiar: libro de familia, convenios, resoluciones de custodia o medidas previas.
Qué ocurre si se incumple la orden (quebrantamiento)
El quebrantamiento de una orden de alejamiento o de prohibición de comunicación es un delito autónomo (artículo 468 del Código Penal). Conlleva responsabilidad penal aunque exista consentimiento de la víctima. La policía puede detener de inmediato al presunto infractor y el juzgado puede agravar las medidas. Es esencial conservar pruebas del quebrantamiento (mensajes, ubicaciones, testigos) y avisar de inmediato a las autoridades.
Impacto en derecho de familia: custodia, visitas y vivienda
Las órdenes de protección pueden afectar al régimen de guarda y custodia, visitas, comunicaciones con los menores y uso del domicilio familiar. El juzgado puede suspender visitas, establecer puntos de encuentro familiar o atribuir el uso de la vivienda a la víctima para evitar la coincidencia con el investigado. Si ya existe un procedimiento de divorcio o medidas paternofiliales, el juzgado civil deberá coordinarse con el penal. Contar con abogados de derecho de familia con experiencia es clave para alinear la protección penal con medidas civiles realistas y seguras.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué distancia fija el juzgado? Depende del caso; con frecuencia entre 200 y 500 metros, y puede ampliarse si es necesario.
- ¿Se puede solicitar sin denuncia previa? Sí, puede pedirse orden de protección directamente, exponiendo los hechos y el riesgo; el juzgado valorará los indicios y oirá a las partes.
- ¿Puede la víctima “levantar” la orden? No. Solo el juzgado puede modificar o dejar sin efecto la medida, previa valoración del riesgo y con informe de Fiscalía.
- ¿La orden impide recoger a los hijos? El juez puede diseñar un régimen de visitas seguro (puntos de encuentro, terceros, horarios escalonados) o suspenderlas si hay riesgo.
- ¿Afecta al trabajo del investigado? Si su actividad implica presencia en zonas prohibidas, el juez puede modular la medida, pero siempre primará la protección de la víctima.
Cómo te ayudamos en GVC Abogados (Murcia)
En GVC Abogados (García Valcárcel & Cáceres) analizamos con urgencia la viabilidad de la orden de alejamiento, preparamos la solicitud y defendemos tus intereses en la comparecencia judicial. Nuestro equipo combina experiencia penal y de derecho de familia para asegurar medidas penales eficaces y, en su caso, medidas civiles coherentes (custodia, visitas, vivienda, pensiones).
Si te encuentras en Murcia o provincia y necesitas presentar o contestar una solicitud de orden de alejamiento, contáctanos. Sede: Plaza Fuensanta, 3 – 6ºB, 30008 Murcia. Somos abogados Murcia con amplia trayectoria en familia, responsabilidad civil, negligencias médicas y derecho penal, y trabajamos con peritos cuando el caso lo requiere.
Consejos prácticos
- Prioriza la seguridad: si hay riesgo, llama al 112 o acude a la policía. En violencia de género, el 016 ofrece información y no deja rastro en la factura.
- Conserva todas las pruebas y evita cualquier contacto, incluso indirecto.
- Si eres denunciado, cumple estrictamente la medida; solicita, a través de tu defensa, las modulaciones necesarias para trabajo o relación con los hijos.
- Busca asistencia letrada cuanto antes. Una buena fundamentación inicial es decisiva para la adopción de las medidas.
Conclusión
La orden de alejamiento es una herramienta de protección clave que puede pedirse con urgencia y adaptarse a las necesidades del caso. Su correcta tramitación y coordinación con las medidas civiles marcan la diferencia. Si buscas abogados de derecho de familia o penal con experiencia en órdenes de protección, GVC Abogados es tu aliado en Murcia. También te asesoramos en herencias, negligencias médicas y otras áreas, con el compromiso de ofrecerte seguridad jurídica y una defensa eficaz.